Luego de varias gestiones y un importante seguimiento de las trabajadoras del Consejo Escolar encargadas de Auxiliares, en el viaje a la ciudad de La Plata de esta semana hemos conseguido tres cargos de auxiliares para cubrir vacantes producidas por jubilación, renuncia y fallecimiento. Corresponden a los siguientes establecimientos:
- JI 905 (La Lucila)
- EES 10 (Mar de Ajó)
- EEST N°1 (Santa Teresita)
El Acto será el lunes 22 de Abril en el Club Social, Cultural y Deportivo de
Mar del Tuyú, en Calle 81 y 2.
Recordamos que antes del acto público podrán realizar
movimientos los trabajadores auxiliares titulares y mensualizados con más de un
año de antigüedad en el cargo. Solicitamos concurrir en ese caso con cuaderno
de actuación o copia de la toma de posesión. LOS MOVIMIENTOS SE REALIZARÁN A LAS 10:00 hs,
Art. 2 de la Ley 10430:
"Son requisitos para la admisibilidad:
a) Ser argentino nativo, por opción o naturalizado. Por
excepción, podrán admitirse extranjeros que posean vínculos de consanguinidad
en primer grado o de matrimonio con argentinos, siempre que cuenten con CINCO
(5) años como mínimo de residencia en el país. Asimismo, se admitirán
extranjeros cuando se tenga que cubrir vacantes correspondientes a cargos
indispensables de carácter profesional, técnico o especial.
La reglamentación preverá los plazos a otorgar a los
extranjeros, para la obtención de la carta de ciudadanía.
b) Tener DIECIOCHO (18) años de edad como mínimo y
CINCUENTA (50) años de edad como máximo.
Los aspirantes que por servicios prestados anteriormente
tengan computables años a los efectos de la jubilación, debidamente
certificados, podrán ingresar hasta la edad que resulte de sumar a los
CINCUENTA (50) años, los de servicios prestados, pero en ningún caso la edad de
los aspirantes puede exceder de los SESENTA (60) años.
Seguiremos trabajando cotidianamente para poder cubrir otras cinco vacantes que todavía no nos han otorgado, así como también para conseguir los nuevos cargos, que garanticen que todos los establecimientos puedan ser atendidos con el personal que la reglamentación determina. Esto también es garantizar ESCUELAS DE CALIDAD.
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